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Impuestos estadounidenses viviendo en España: FBAR, FATCA y el tratado fiscal

6 min de lectura

Aquí está el punto que arruina los planes de muchos americanos que se mudan a Madrid: EEUU sigue siendo tu país de origen fiscal aunque vivas en España. Eres ciudadano americano, y eso significa que EEUU te grava sobre tus ingresos mundiales, sin importar dónde los generes. Si estás en proceso de planificar tu mudanza, la guía completa para americanos en Madrid cubre visas, trámites y este tema fiscal en una visión de conjunto.

Esto no es un problema legal, pero sí es un problema administrativo. Y los errores tienen multas severas.

Lo básico: doble imposición

Cuando llegas a Madrid y vives aquí más de 183 días, tienes dos gobiernos imponiéndote: EEUU y España. Ambos creen que tienes que pagarles impuestos sobre tus ingresos mundiales.

Sin embargo, existe el Tratado Fiscal entre EEUU y España (Income Tax Treaty). Su propósito es evitar que pagues dos veces sobre lo mismo. Cómo funciona: si pagas impuestos en España sobre ingresos españoles, el IRS (servicio de impuestos estadounidense) te da crédito por esos impuestos pagados en tu declaración estadounidense. Resultado: pagas una sola vez, normalmente a la tasa más alta entre los dos países.

Ejemplo: ganas €60.000 trabajando remoto para empresa estadounidense desde Madrid. España te cobra el 30% (€18.000). EEUU también querría cobrarte el 30% (otros €18.000). Pero el tratado permite que uses los €18.000 pagados en España como crédito contra tu obligación estadounidense. Resultado: pagas solo €18.000 total.

Pero aquí viene el pero: esto funciona solo si declaras correctamente en ambos países. Si no presentas la declaración estadounidense como toca, entonces no reclamas el crédito, y terminas pagando en ambos lugares.

Las formas que debes presentar

Como americano viviendo en España, tienes cuatro obligaciones fiscales diferentes:

Declaración de impuestos estadounidense (Formulario 1040). Todos los años, sin excepción, mientras seas ciudadano o residente de EEUU. Presentas por correo al IRS si estás en el extranjero. La fecha límite es el 15 de junio (dos meses extra que si estuvieras en EEUU, pero aún así es pronto).

Declaración de impuestos españoles. Si eres residente fiscal en España (más de 183 días), presentas el Modelo 100 al Ministerio de Hacienda. Esto incluye todos tus ingresos mundiales. La fecha límite típicamente es finales de junio.

FBAR (Financial Crimes Enforcement Network Form 114). Si tienes cuentas bancarias españolas que en total superan los $10.000 USD en cualquier momento durante el año, debes reportarlas. Esto no es un impuesto, es una forma de reportería. Se presenta en línea al FinCEN antes del 15 de abril. Errores o falta de presentación tienen multas gigantescas (hasta $10.000 por cuenta no reportada, y pueden acumularse). Muchos americanos en España no saben que existe FBAR. Asume que necesitas presentarla.

FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act). Si posees activos financieros extranjeros que superan ciertos montos ($200.000 para individuos solteros), debes reportarlos en el formulario FBAR (sí, es el mismo). Si posees activos más complicados (fondos de inversión, acciones extranjeras, no-US real estate), necesitas formularios adicionales como Form 8938. Muchos bancos españoles ahora reportan directamente al IRS de todas formas (acuerdo FATCA), así que el IRS ya sabe que tienes dinero en España. Mejor que lo declares tú mismo en la forma correcta.

La Ley Beckham: tu salvavidas fiscal

Si eres profesional que llega a España para trabajar aquí (no remoto en EEUU, sino trabajador en empresa española), podrías calificar para la Ley Beckham.

Beckham es un sistema de tributación especial que permite a profesionales nuevos de alta cualificación que llegan a España pagar un impuesto plano del 24% sobre ingresos españoles durante los primeros 5 años (en lugar de la tarifa progresiva que puede llegar al 45%).

Pero hay condiciones estrictas: debes ser "profesional de nueva llegada" (no haber residido en España en los últimos 10 años), debes tener ingresos laborales españoles (no ingresos remoto de EEUU), y debes solicitar en Hacienda dentro de cierto plazo.

Muchos americanos remotos no califican porque trabajan remoto para EEUU, no para España. Pero si tu plan es conseguir trabajo en Madrid, Beckham es un cambio total de juego. Hablamos de $30.000-50.000+ USD ahorrados en impuestos en 5 años.

Exclusión de ingresos ganados en el extranjero (FEIE)

Otra opción para reducir la carga fiscal estadounidense es FEIE (Foreign Earned Income Exclusion). Te permite excluir los primeros ~$120.000 de ingresos ganados en el extranjero de tu declaración federal estadounidense. Esto significa que EEUU solo te grava ingresos por encima de $120.000.

Ejemplo: ganas €60.000 remoto. Eso son aprox. $65.000 USD. Con FEIE, el IRS dice: "Ok, los primeros $65.000 no los gravo." España todavía te cobra. Pero EEUU, no.

Cuidado: FEIE requiere que demuestres que pasaste más de 330 días fuera de EEUU (el "physical presence test"), o que eres residente de otro país para propósitos fiscales. Vivir en Madrid con un piso alquilado cumple esto, pero debes tener documentación.

FEIE y créditos de impuestos extranjeros son diferentes. Algunos años te conviene usar uno, otros años otro. Tu asesor fiscal americano decidirá.

Lo que debes hacer

  1. Contrata un asesor fiscal estadounidense especializado en expats. No un asesor español, no un contador general. Alguien que haya manejado FBAR, FATCA, y el tratado fiscal. Costa unos $1.500-3.000 anuales pero se ahorra a sí mismo con optimización.

  2. Abre cuentas bancarias españolas pero declara todos los activos. No intentes "esconder" dinero en España. El IRS sabe que tienes cuenta en Madrid. Es mejor declararlo tú mismo que el banco lo reporte y tú tengas sorpresa.

  3. Entiende cuándo presentas. Fechas límite: EEUU (formulario 1040) antes del 15 de junio si estás fuera. FBAR antes del 15 de abril (sin extensión automática, a diferencia de 1040). España antes del 30 de junio aproximadamente (varía).

  4. Guarda recibos de impuestos pagados en España. Los necesitarás para reclamar créditos en EEUU.

  5. Si cambias de estatus de residente (llegadas, salidas, cambios de visa), reporta. Cambios en residencia fiscal generan obligaciones diferentes de reportería.

Es complejo, pero es manejable si tienes asesoría. El craso error es asumir que "ahora vivo en España, olvido mis impuestos estadounidenses." No funciona así. EEUU te persigue de por vida con deudas fiscales.

En Aedara coordinamos la gestión fiscal de la llegada a Madrid con asesores especializados en expatriados americanos. Si vas a mudarte a España y quieres asegurarte de empezar con el pie derecho, cuéntanos tu situación.